Ya desde 1897 la antigua sección de La Romana gozaba de un organización especial dentro de la jurisdicción de la común y Provincia de el Seibo, bajo el gobierno de un Comisario designado por el Poder Ejecutivo que ejercía todas las atribuciones civiles, militares y administrativas que la ley confería a los jefes cantonales. La ley No 4029 de fecha 28 de junio de 1900, la creo puesto cantonal de la citada Provincia.
Como se sabe, los “cantones” eran inferiores en categoría a las comunes, aunque en la practica era poca la diferencia; fueron establecidos por la Constitución de 1874, la de 1907 eliminó esa denominación y todos los “cantones” eran inferiores en categoría a las comunes, aunque en la practica era poca la diferencia; fueron establecidos por la Constitución de 1874, la de 1907 eliminó esa denominación y todos los cantones quedaron convertidos en comunes.
Para entonces existían en la provincia del Seibo, además del de La Romana, los de Ramón Santana (antigua Guaza y Jovero (luego Miches). La misma Reforma sustantiva convirtió a los Distritos en Provincias. Estas lo eran solamente Santo Domingo, Azua, Seibo, Santiago, La Vega y Espaillat.
La ejecución de la ley que convertía a La Romana en puesto cantonal quedó consumada el 11 de julio de 1901, en acto presidido por el General Julián Zorrilla, a la sazón gobernador civil y militar de la Provincia, quedando como jefe cantoral el General Francisco Richiez Ducoudaray. Las secciones atribuidas a la flamante jurisdicción fueron las de Cayacoa, chabón Abajo y los Arados. La Reforma Constitucional de 1955 cambió la denominación de común en cuya jurisdicción se hallaban enclavados.